El derecho, entendido como el conjunto
de instituciones formadas que regulan la vida en sociedad, es objeto de la
crítica feminista y al mismo tiempo una de las más relevantes herramientas
dentro de la lucha de las mujeres para situar el lugar que desean tener dentro
de la sociedad.
La
crítica y los usos del derecho por el feminismo son tan intensos como variados
porque están en función de cómo una mujer o un conjunto de mujeres entienden su
opresión dentro de las sociedades contemporáneas.
JARAMILLO,
Isabel Cristina, referencia su estudio preliminar a los debates teóricos y
políticos y a las características del movimiento feminista en los EE.UU. porque
allí se ha marcado la tendencia internacionalmente de los debates y las
acciones de los movimientos feministas en otros países. Sin embargo, sería
absurdo generalizar lo que allí sucede (contexto estadounidense) para los casos
de los demás países.
El
género[1],
como categoría social, es una de las aportaciones más relevantes del feminismo contemporáneo. Surge en las
ciencias sociales, y más concretamente en la antropología, cuando se incluyen
las investigaciones sobre la mujer como un nuevo paradigma para explicar las
desigualdades entre hombres y mujeres, subrayando el concepto de multiplicidad
de identidades.
De
modo, pues, que el objetivo general de este trabajo es conocer y tratar de
comprender la noción de género como
una categoría interdisciplinar que nos remite a los rasgos y funciones
psicológicos y socioculturales, con vocación universal, que se atribuyen a cada
uno de los sexos en las sociedades y en cada uno de sus periodos históricos.
Los
géneros históricos como sistemas de
poder ponen de manifiesto la existencia de conflictos sociales. Los problemas
de género que se han ido mostrando en
las distintas investigaciones han pulverizado la idea de su carácter natural,
ya que lo femenino o lo masculino no hacen alusión al sexo de los individuos de
un grupo social, sino que se refieren a las conductas consideradas como
representaciones o configuraciones femeninas o masculinas, desde el punto de
vista fenomenológico.
Desde
esta perspectiva, la categoría de género
hemos de entenderla como una explicación sobre los diversos modos que adoptan
las relaciones de género y que superan con mucho teorías como la del patriarcado, a pesar de que ésta
constituyó un avance serio y profundo con la que se trató de explicar la
situación de las mujeres, aunque resultó insuficiente para entender los
procesos que inciden en la estructura social y cultural de los grupos humanos y
de las sociedades.
[1]. El término género aparece como
explicación en Simone de Beauvoir, El
segundo sexo (1949). Se generaliza en las ciencias sociales y en el debate
feminista a partir de los setenta y hacia los noventa la noción de género se
hace fuerte e inciden poderosamente en América Latina.. En 1955 John
Money propone el término papel
de género para describir las conductas atribuidas a los hombres y
mujeres. Pero fue Robert Stoller quien fijó claramente la diferencia conceptual entre
sexo
y género.
Los sistemas
de género se entienden como los conjuntos de prácticas, símbolos,
representaciones, normas y valores sociales que las sociedades elaboran a
partir de la diferencia sexual anatómico-fisiológica y que dan sentido a las
relaciones entre personas sexuadas (De Barbieri, 1990).
La “perspectiva
de género”, en referencia a los marcos teóricos adoptados para una
investigación, capacitación o desarrollo de políticas o programas, implica:
a)
reconocer las relaciones de poder que se dan entre los géneros, en general
favorables a los varones como grupo social y discriminatorias para las mujeres;
b)
que dichas relaciones han sido constituidas social e históricamente y son
constitutivas de las personas;
c)
que las mismas atraviesan todo el entramado social y se articulan con otras
relaciones sociales, como las de clase, etnia, edad, preferencia sexual y
religión.
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